En los últimos tiempos notamos una creciente demanda de jubilados que deseen vivir en España, con el objeto de tener una mejor calidad de vida. Para este selecto grupo, independiente de edad o actividad profesional anteriormente ejercida, España es uno de los países más buscados por los ciudadanos iberoamericanos, sea por el idioma y/o por la proximidad cultural.
Entre las diversas autorizaciones de residencia que permiten al extranjero residir en España, existe la modalidad de Residencia no Lucrativa que, aún poco conocida en el escenario internacional, se configura como una opción muy interesante para los jubilados extranjeros.
Es una autorización de residencia que no autoriza su portador a trabajar y cuyo requisito principal consiste en la acreditación de una renta mensual suficiente para la manutención del extranjero y su familia durante el período de vigencia de dicha autorización.
En este sentido, la legislación española exige que el extranjero aspirante a esta autorización de residencia acredite una renta mensual equivalente, como mínimo, a 400% (cuatrocientos por ciento) del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples – fijado en 2015 en 532,51), es decir comprobar una renta mensual igual o superior a 2.130,04 € (dos mil ciento treinta euros coma cuatro céntimos).
Otro atractivo de esta autorización de residencia consiste en la posibilidad de obtener la nacionalidad española, caso el ciudadano iberoamericano conserve dicha residencia en España por un período superior a dos años.
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